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Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad

En su resolución 56/168, de 19 de diciembre de 2001, la Asamblea General decidió crear un Comité Especial encargado de preparar una convención internacional amplia e integral para proteger y promover los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad, tomando como base un enfoque holístico de la labor realizada en las esferas del desarrollo social, los derechos humanos y la no discriminación, y teniendo en cuenta las recomendaciones de la Comisión de Derechos Humanos y la Comisión de Desarrollo Social.

Tras cinco años de negociaciones, los delegados de los países llegaron a un acuerdo final sobre el que será el primer instrumento vinculante que protegerá a los 650 millones de discapacitados que existen en el mundo.  Este acontecimiento se produjo el 25 de Agosto de 2006, en el  8ª período de sesiones dicho Comité especial, quedando asi aprobado el texto definitivo de la Convención.

“Es la primera convención de esta magnitud de este siglo”, destacó Jan Eliasson, presidente de la Asamblea General, quien agregó que todos los seres humanos son iguales y deben vivir con dignidad.

La convención estipula que los gobiernos de los países signatarios deberán introducir cambios en sus legislaciones para mejorar y promover el acceso a la educación y empleo de las personas con discapacidades.

Asimismo, manda la igualdad de acceso a la información y a los sistemas de salud, y pugna por la eliminación de obstáculos físicos y sociales para la movilidad de estas personas.

El texto también prohíbe la discriminación de los discapacitados en todos los terrenos, incluido el de los derechos civiles, los servicios de salud y el acceso al transporte.

La convención define como discapacitado a toda persona que sufra el menoscabo físico, mental o sensorial que limite su habilidad de realizar las actividades de la vida cotidiana.

Accesos relevantes:

 

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