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Preguntas y Respuestas a través de supuestos prácticos
2.-Quiero comprar una vivienda ¿tengo algún beneficio fiscal por ser minusválido?
Desde el 1 de enero de este año, 2002, está en vigor un
nuevo Plan de vivienda para el periodo 2002-2005, regulado en el real
Decreto 1/2002 de 11 de enero.
Dentro de este Plan se recogen una serie de medidas que benefician a varios
colectivos y entre ellos se encuentra el de las personas con minusvalías.
Este plan se aplicará a todas las actuaciones protegidas en materia de vivienda para viviendas de 90 m2 en general y para viviendas de 120 m2 para familias numerosas, las ayudas económicas que plantea son las siguientes:
El art. 3 del real Decreto recoge detalladamente las
condiciones que deben reunirse para poder acceder a estas ayudas.
El Decreto recoge también en su Sección 3ª la rehabilitación de edificios y
viviendas incluidas la eliminación de barreras arquitectónicas, en estos
casos no se tendrán en cuenta los ingresos familiares como sucede para el
resto de ayudas apuntadas.
Hay que destacar que la Disposición adicional tercera recoge cuales son los aranceles que notarios y registradores deben aplicar en las transmisiones de viviendas oficiales.
Las Comunidades Autónomas pueden establecer ayudas complementarias a las recogidas en el Decreto del Gobierno Central
Toda la tramitación de estas ayudas se realiza en la
Comunidades Autónomas, en la Consejería que tenga las competencias de
vivienda, así como aquellas unidades administrativas que esta designe.
Se puede consultar el Decreto a texto completo en la sección de legislación/
nacional/ accesibilidad al medio físico y datos sobre el Plan de
vivienda22002-2005 en la sección nuevas inciativas/ iniciativas nacionales
de nuestra web.
Todas estas condiciones son para promociones oficiales que incluyen los
pisos de protección oficial y otros a determinar por cada comunidad autónoma
en su planes.
En principio una vivienda libre no tiene ningún beneficio
fiscal.
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